La Dirección de Resolución
Alterna de Conflictos capacitará este 8 y 9 de noviembre a 80 fiscales sobre
las ventajas y procedimiento de la Mediación Penal como un Principio de
Oportunidad, establecido en la legislación penal nicaragüense.
Alterna de Conflictos capacitará este 8 y 9 de noviembre a 80 fiscales sobre
las ventajas y procedimiento de la Mediación Penal como un Principio de
Oportunidad, establecido en la legislación penal nicaragüense.
Con este principio, el Ministerio
Público puede ofrecer
al acusado medidas
alternativas a la
persecución penal o limitarla a algunas infracciones o personas
que participaron en el hecho punible.
Público puede ofrecer
al acusado medidas
alternativas a la
persecución penal o limitarla a algunas infracciones o personas
que participaron en el hecho punible.
La capacitación que se
desarrollará en la sede central del Ministerio Público tiene una base
metodológica, que permitirá enseñar la teoría de la mediación con casos
prácticos y el alcance jurídico de los acuerdos logrados con este método de resolución
alterno de conflictos.
desarrollará en la sede central del Ministerio Público tiene una base
metodológica, que permitirá enseñar la teoría de la mediación con casos
prácticos y el alcance jurídico de los acuerdos logrados con este método de resolución
alterno de conflictos.
El taller será impartido por
los doctores Eddy Vásquez, coordinador nacional de capacitación y docencia;
Carolina Martínez, coordinadora nacional de mediación penal y Leticia Guillen
y Edwin González, ambos mediadores de la
DIRAC.
los doctores Eddy Vásquez, coordinador nacional de capacitación y docencia;
Carolina Martínez, coordinadora nacional de mediación penal y Leticia Guillen
y Edwin González, ambos mediadores de la
DIRAC.
La Mediación está establecida
en la Constitución Política y regulada en la Ley 260, Ley orgánica del Poder
Judicial; Ley 406, Código Procesal Penal de Nicaragua; Ley 641, Código Penal de
Nicaragua; Código de la Niñez y la Adolescencia y en la Ley 799, Ley Integral
de Lucha contra la Violencia hacia las Mujeres.
en la Constitución Política y regulada en la Ley 260, Ley orgánica del Poder
Judicial; Ley 406, Código Procesal Penal de Nicaragua; Ley 641, Código Penal de
Nicaragua; Código de la Niñez y la Adolescencia y en la Ley 799, Ley Integral
de Lucha contra la Violencia hacia las Mujeres.
Escrito por Mayling Luna Lara