El Consejo Nacional de
Administración y Carrera Judicial (CNACJ) de la Corte Suprema de Justicia,
ordenó mediante tres acuerdos fechados este 6 de Noviembre, poner en vigencia
la Normativa para regular el Funcionamiento y Operatividad del nuevo Registro
Público de Garantías Mobiliarias, estableciendo condiciones para la
interconexión de todos los Registros de Bienes o Derechos a nivel nacional y
reduciendo además las tasas o aranceles que regirán el Registro de Garantías
Mobiliarias.
Administración y Carrera Judicial (CNACJ) de la Corte Suprema de Justicia,
ordenó mediante tres acuerdos fechados este 6 de Noviembre, poner en vigencia
la Normativa para regular el Funcionamiento y Operatividad del nuevo Registro
Público de Garantías Mobiliarias, estableciendo condiciones para la
interconexión de todos los Registros de Bienes o Derechos a nivel nacional y
reduciendo además las tasas o aranceles que regirán el Registro de Garantías
Mobiliarias.
El Acuerdo número 555 acordó
dejar sin efecto los Acuerdos números 535 del 26 de Octubre y 542 del 27 del
mismo mes, que suspendieron provisionalmente la Normativa de Ley y orientaba a
los Registradores Públicos continuar con el procedimiento y mecanismos de
inscripciones para los Contratos de Prenda Agraria, Industrial y Comercial.
dejar sin efecto los Acuerdos números 535 del 26 de Octubre y 542 del 27 del
mismo mes, que suspendieron provisionalmente la Normativa de Ley y orientaba a
los Registradores Públicos continuar con el procedimiento y mecanismos de
inscripciones para los Contratos de Prenda Agraria, Industrial y Comercial.
Para mejorar los mecanismos
de implementación del Registro Público de Garantías Mobiliarias, la Comisión
Especial de Registros, presidida por la magistrada presidenta de la Corte
Suprema de Justicia, Alba Luz Ramos Vanegas e integrada por los
magistrados Rafael Solís Cerda y Francisco Rosales Argüello, sostuvieron
reuniones de alto nivel con representantes de las distintas instituciones del
Estado que administran Registros de Bienes o Derechos.
de implementación del Registro Público de Garantías Mobiliarias, la Comisión
Especial de Registros, presidida por la magistrada presidenta de la Corte
Suprema de Justicia, Alba Luz Ramos Vanegas e integrada por los
magistrados Rafael Solís Cerda y Francisco Rosales Argüello, sostuvieron
reuniones de alto nivel con representantes de las distintas instituciones del
Estado que administran Registros de Bienes o Derechos.
Estas instituciones son la
Policía Nacional (Registro Vehicular y Armas); el MTI (Navíos y Concesiones de
Transporte Intramunicipal); INIFOM (Concesiones de Transporte Intermunicipal);
INPESCA, MEM e INTUR (Concesiones Administrativas); INAC (Aeronaves); MEFCA
(Cooperativas); MIFIC/RPI (Marcas y Patentes, Propiedad Intelectual); ENEL
(Contratos de suministro de energía); e INIFOM (Registro de Fierros y Cartas de
Venta de Ganados en las Alcaldías).
Policía Nacional (Registro Vehicular y Armas); el MTI (Navíos y Concesiones de
Transporte Intramunicipal); INIFOM (Concesiones de Transporte Intermunicipal);
INPESCA, MEM e INTUR (Concesiones Administrativas); INAC (Aeronaves); MEFCA
(Cooperativas); MIFIC/RPI (Marcas y Patentes, Propiedad Intelectual); ENEL
(Contratos de suministro de energía); e INIFOM (Registro de Fierros y Cartas de
Venta de Ganados en las Alcaldías).
La Comisión Especial de
Registros también se reunió con representantes del Consejo Superior de la
Empresa Privada (COSEP), la Asociación de Bancos de Nicaragua (ASOBANP), la
Asociación de Microfinancieras (ASOMIF) y del Consejo Nicaragüense de la Micro.
Pequeña y Mediana Empresa, CONIMIPYME.
Registros también se reunió con representantes del Consejo Superior de la
Empresa Privada (COSEP), la Asociación de Bancos de Nicaragua (ASOBANP), la
Asociación de Microfinancieras (ASOMIF) y del Consejo Nicaragüense de la Micro.
Pequeña y Mediana Empresa, CONIMIPYME.
Como resultado de estos
encuentros, el CNACJ de la CSJ, en Acuerdo número 556, coordinó con las
instituciones del Estado y los Registros del Sistema Nacional de Registros
(SINARE), las condiciones para la interconexión de todos los Registros de
bienes y derechos del país.
encuentros, el CNACJ de la CSJ, en Acuerdo número 556, coordinó con las
instituciones del Estado y los Registros del Sistema Nacional de Registros
(SINARE), las condiciones para la interconexión de todos los Registros de
bienes y derechos del país.
El Acuerdo establece que “las
instituciones que cuenten con registros de bienes o derechos, se obligan a no
realizar ningún cambio de dominio del titular y a no inscribir gravámenes o
cualquier modificación sobre los derechos o bienes inscritos en dichos
registros, sin que previamente el titular de dichos bienes o derechos presente
Certificado de Libertad de Gravamen, que señale que está libre de todo gravamen
emitida por el Registro de Garantías Mobiliarias, con una vigencia de 24 horas,
salvo que presente autorización por escrito del acreedor”.
instituciones que cuenten con registros de bienes o derechos, se obligan a no
realizar ningún cambio de dominio del titular y a no inscribir gravámenes o
cualquier modificación sobre los derechos o bienes inscritos en dichos
registros, sin que previamente el titular de dichos bienes o derechos presente
Certificado de Libertad de Gravamen, que señale que está libre de todo gravamen
emitida por el Registro de Garantías Mobiliarias, con una vigencia de 24 horas,
salvo que presente autorización por escrito del acreedor”.

556 ordena que “todos los Registros, a partir de la fecha, deberán elaborar una
plan que contenga procesos, catálogos de servicios, tipo de trámite o
categoría, formularios, tipos de certificados que emiten, actualizar y poner
accesible la información de sus registros con el fin de garantizar las
condiciones tecnológicas para lograr la interconexión con el Registro de
Garantías Mobiliarias, según el plazo que se establezca con cada institución”.
La norma dispone que “en la
medida que se vaya implementando la Ley de Garantías Mobiliarias, se
actualizará la lista de los Registros que sean susceptibles de inscripción de
garantías sobre bienes y derechos”.
medida que se vaya implementando la Ley de Garantías Mobiliarias, se
actualizará la lista de los Registros que sean susceptibles de inscripción de
garantías sobre bienes y derechos”.
Mientras estos Registros no
estén interconectados con el Registro de Garantías Mobiliarias, se obligan a
cumplir las normativas y lineamientos emitidas por la Comisión Especial de
Registros, con el objeto de dar seguridad jurídica a todas las inscripciones de
bienes o derechos constituidas bajo la Ley de Garantías Mobiliarias.
estén interconectados con el Registro de Garantías Mobiliarias, se obligan a
cumplir las normativas y lineamientos emitidas por la Comisión Especial de
Registros, con el objeto de dar seguridad jurídica a todas las inscripciones de
bienes o derechos constituidas bajo la Ley de Garantías Mobiliarias.
El CNACJ dispuso que “el
plazo para que todas las instituciones estén interconectadas no podrá exceder
de seis meses a partir de la suscripción de este Acuerdo. En el caso del
Registro Público de la Propiedad Vehicular, la interconexión se efectuará en un
plazo de 45 días a partir del presente Acuerdo”.
plazo para que todas las instituciones estén interconectadas no podrá exceder
de seis meses a partir de la suscripción de este Acuerdo. En el caso del
Registro Público de la Propiedad Vehicular, la interconexión se efectuará en un
plazo de 45 días a partir del presente Acuerdo”.
De igual manera, para
fomentar los préstamos y el acceso al Registro de las pequeñas y medianas
empresas, la Corte Suprema redujo las Tasas para el Registro de Garantías
Mobiliarias, reformando el Acuerdo 163 del 24 de abril del presente año, estableciendo
nuevos aranceles.
fomentar los préstamos y el acceso al Registro de las pequeñas y medianas
empresas, la Corte Suprema redujo las Tasas para el Registro de Garantías
Mobiliarias, reformando el Acuerdo 163 del 24 de abril del presente año, estableciendo
nuevos aranceles.
El Acuerdo número 554
establece como tasas que regirán a partir de este lunes 6 de Noviembre, en la
Constitución de Garantías Mobiliarias desde uno hasta 300 mil córdobas, 150
córdobas; de 300 mil córdobas a 500 mil, 300 córdobas; de 500 mil a 750 mil,
500 córdobas; de 750 mil a un millón, 600 córdobas y de un millón a más la tasa
fija es de un mil córdobas.
establece como tasas que regirán a partir de este lunes 6 de Noviembre, en la
Constitución de Garantías Mobiliarias desde uno hasta 300 mil córdobas, 150
córdobas; de 300 mil córdobas a 500 mil, 300 córdobas; de 500 mil a 750 mil,
500 córdobas; de 750 mil a un millón, 600 córdobas y de un millón a más la tasa
fija es de un mil córdobas.
Para la Modificación de Garantías
Mobiliarias (prórroga, ampliación de plazos y cualquier variación al contrato
inicial), la tasa fija es de 150 córdobas; Certificados en Línea y Certificados
en Físico de Garantías Mobiliarias, 100 córdobas. Los servicios de Cancelación
Parcial de Garantías Mobiliarias, Cancelación Total, Ejecución y los
Certificados de Negativas de Inscripción no tendrán costo alguno.
Mobiliarias (prórroga, ampliación de plazos y cualquier variación al contrato
inicial), la tasa fija es de 150 córdobas; Certificados en Línea y Certificados
en Físico de Garantías Mobiliarias, 100 córdobas. Los servicios de Cancelación
Parcial de Garantías Mobiliarias, Cancelación Total, Ejecución y los
Certificados de Negativas de Inscripción no tendrán costo alguno.
Escrito por Edgar Solórzano