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Declaran alerta roja en El Salvador por coronavirus

Bukele pide Estado de Excepción y suspender garantías constitucionales a ciudadanos

La Prensa Gráfica. – La Dirección General de Protección Civil decretó este viernes por la mañana la alerta roja en el territorio salvadoreño y se prohibieron las aglomeraciones mayores a 200 personas por la epidemia de coronavirus que avanza por el mundo.
La orden fue emitida por el presidente Nayib Bukele vía Twitter, que inmediatamente también pidió a la Asamblea Legislativa decretar Estado de Excepción.

«Presidente Mario Ponce, le solicito convoque al pleno de la Asamblea Legislativa para decretar Estado de Excepción en todo el territorio nacional y se suspendan las garantías constitucionales mencionadas en el Art. 29. La solicitud va en camino a la Asamblea», dijo vía Twitter.

Ponce convocó a sesión esta tarde. «El presidente está haciendo el llamado para que se convoque a una plenaria extraordinaria para recibir petición de Consejo de Ministros para que se pueda aprobar este mismo día la Ley de Emergencia Nacional y Calamidad Pública. En ese sentido estoy convocando en este momento a través del Twitter a todos los diputados para que a las 3:00 de la tarde todos los 84 diputados estemos en el salón azul para poder conocer la petición del Ejecutivo y aprobarla este mismo día», dijo.

¿Qué es un Estado de Excepción?

El artículo 29 de la Constitución de El Salvador establece que “en casos de guerra, invasión del territorio, rebelión, sedición, catástrofe, epidemia u otra calamidad general, o de graves perturbaciones al orden público, podrán suspenderse las garantías establecidas en los artículos 5, 6 inciso primero, 7 inciso primero y 24”.

Por otra parte, exceptúa “cuando se trate de reuniones o asociaciones con fines religiosos, culturales, económicos o deportivos” y agrega que “tal suspensión podrá afectar la totalidad o parte del territorio de la República, y se hará por medio de decreto del Órgano Legislativo o del Órgano Ejecutivo”.

“También podrán suspenderse las garantías contenidas en los artículos 12 inciso segundo y 13 inciso segundo de esta Constitución, cuando así lo acuerde el Órgano Legislativo, con el voto favorable de las tres cuartas partes de los diputados electos; no excediendo la detención administrativa de quince días”, dice en el inciso segundo del artículo 29.

¿Qué derechos serían quitados?

El artículo cinco establece que «toda persona tiene libertad de entrar, de permanecer en el territorio de la República y salir de éste, salvo las limitaciones que la ley establezca», que «nadie puede ser obligado a cambiar de domicilio o residencia, sino por mandato de autoridad judicial, en los casos especiales y mediante los requisitos que la ley señale» y que «no se podrá expatriar a ningún salvadoreño, ni prohibírsele la entrada en el territorio de la República, ni negársele pasaporte para su regreso u otros documentos de identificación.

Tampoco podrá prohibírsele la salida del territorio sino por resolución o sentencia de autoridad competente dictada con arreglo a las leyes». Todo eso quedaría sin efecto mientras dure el estado de excepción, si es aprobado.

Además, el artículo 6 en su inciso primero garantiza que «toda persona puede expresar y difundir libremente sus pensamientos siempre que no subvierta el orden público, ni lesione la moral, el honor, ni la vida privada de los demás.

El ejercicio de este derecho no estará sujeto a previo examen, censura ni caución; pero los que haciendo uso de él infrinjan las leyes, responderán por el delito que cometan». También quedaría suspendido.

El artículo 7 en su inciso primero dice que «los habitantes de El Salvador tienen derecho a asociarse libremente y a reunirse pacíficamente y sin armas para cualquier objeto lícito. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación». Tampoco se tendría derecho a esto.

Mientras, en el artículo 24 se establece: «La correspondencia de toda clase es inviolable, interceptada no hará fe ni podrá figurar en ninguna actuación, salvo en los casos de concurso y quiebra», además, prohibe «la interferencia y la intervención de las telecomunicaciones» y dice que la violación de dicho artículo por parte de cualquier funcionario es causa justa para su destitución inmediata del cargo y dará lugar a la indemnización por daños y perjuicios». Dicha garantía estaría suspendida.

El artículo 12 en su inciso segundo garantiza que «la persona detenida debe ser informada de manera inmediata y comprensible, de sus derechos y de las razones de su detención, no pudiendo ser obligada a declarar» y «se garantiza al detenido la asistencia de defensor en las diligencias de los órganos auxiliares de la administración de justicia y en los procesos judiciales, en los términos que la ley establezca».

En el artículo 13 inciso segundo mandata que «la detención administrativa no excederá de setenta y dos horas y el tribunal correspondiente estará obligado a notificar al detenido en persona el motivo de su detención, a recibir su indagatoria y a decretar su libertad o detención provisional, dentro de dicho término». Esto no sería cumplido en un Estado de Excepción.
El procedimiento

La Constitución de la República dice que corresponde al Consejo de Ministros «proponer a la Asamblea Legislativa la suspensión de garantías constitucionales a que se refiere el artículo 29 de esta Constitución».

Según el artículo 30, «el plazo de suspensión de las garantías constitucionales no excederá de 30 días» y «transcurrido ese plazo podrá prolongarse la suspensión, por igual período y mediante nuevo decreto, si continúan las circunstancias que lo motivaron».

Añade que «si no se emite tal decreto, quedarán establecidas de pleno derecho las garantías suspendidas».

Diferente a un Estado de Emergencia

El miércoles, Bukele y el ministro de Gobernación Mario Durán aprobaron el decreto 12 que declaraba un Estado de Emergencia por 60 días, pero fue derogado por invadir las competencias de la Asamblea Legislativa.

A diferencia del Estado de Excepción, en un Estado de Emergencia no se suspenden las garantías constitucionales, según la Ley de Protección Civil, Prevención y Mitigación de Desastres.

El presidente no ha explicado por qué es necesario un Estado de Excepción y no un Estado de Emergencia.
Todos los servicios públicos que no sean vitales para ayudar durante el Estado de Emergencia quedan suspendidos.

Advierte cárcel

Por otra parte, el presidente salvadoreño advirtió que las personas que sean detectadas intentando ingresara al país por «puntos ciegos» serán llevadas a prisión. Se refería a las personas que están intentando evadir los controles migratorios para no ser sometidos a la vigente y obligatoria cuarentena de treinta días en instalaciones gubernamentales.

«Los 142 puntos ciegos identificados por el Comando Sumpul serán custodiados por 2,000 soldados, quienes arrestarán a cualquiera que intente cruzarlos. La advertencia está dada. Luego, los que intenten violar la ley estarán subiendo videos denunciando que los han arrestado», agregó.

«Cualquier medida que tomemos ahora parecerá exagerada. Cualquier medida que queramos tomar después será insuficiente», escribió Bukele este viernes.

Respecto a las quejas por las condiciones en que se encuentran los salvadoreños que están llegando del exterior y están siendo aislados por el Gobierno, Bukele argumentó que ya estaban avisados sobre la medida.

«Entiendo las molestias de los pasajeros que arribaron ayer a nuestro país. Pero no entiendo a los que arribaron hoy. Si ya sabían que entrarían a cuarentena si venían, ¿por qué se quejan al arribar?», dijo.

Desde el miércoles por la tarde se anunció que las clases en el sistema público y privado estarán suspendidas por 21 días, plazo que dura la cuarentena nacional comunicada por Bukele en cadena nacional.

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